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Diferencia entre interventoría y supervisión

En primer lugar es necesario tener en cuenta que el objetivo de la interventoría es supervisar, controlar y vigilar las diferentes acciones de los contratistas a lo largo de la ejecución de un contrato con el fin de hacer cumplir las especificaciones técnicas y actividades del mismo, de manera adecuada y oportuna.

Por otro lado, la supervisión tiene como fin, vigilar y controlar al contratista para así, utilizar de manera racional, los diferentes factores productivos y con ello, lograr el éxito en la ejecución de un contrato; así las cosas, las Real Academia de la Lengua Española, define a la supervisión como el acto de ejercer inspección superior en los trabajos que otros realizan.

Igualmente, la Real Academia de la Lengua Española brinda como definición de interventor, la «persona que autoriza y fiscaliza ciertas operaciones para asegurar su corrección».

Siguiendo lo anterior, se tiene que la principal y más importante diferencia  entre interventoría y supervisión o supervisión e interventoría, es que mientras que la supervisión consiste en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto de un contrato cuando no se requiere de conocimientos especializados, la interventoría tiene que ver son el seguimiento técnico sobre el cumplimiento del objeto del contrato y puede ser realizada tanto por una persona natural como por una persona jurídica contratada para dicho fin por una entidad estatal, pero ésto, cuando el contrato requiere de conocimientos especializados en la materia objeto del contrato.

Se tiene que el Artículo 84 de la Ley 1474 de 2011 «por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública», menciona que tanto la supervisión como la interventoría en contratos, implican el seguimiento a la ejecución del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.

De lo anterior se logra ver que tanto la interventoría como la supervisión buscan realizar seguimiento a los contratos realizados para de tal manera, lograr que su objeto contractual se cumpla de manera adecuada y satisfactoria.

Por ende, tanto supervisor como interventor, están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre la ejecución del contrato, la calidad de los bienes y los servicios adquiridos por la entidad estatal y a su vez, éstos deben informar a la entidad contratante, de los hechos o circunstancias irregulares que puedan poner en riesgo la ejecución y cumplimiento del contrato.

En resumen, aunque el objeto o finalidad de la supervisión es similar al objeto o finalidad de la interventoría en contratos, su diferencia radica en el requerimiento de conocimientos específicos y especializados en la materia del objeto para con ello, conseguir un mejor y adecuado control y vigilancia del mismo.

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