Saltar al contenido
DERECHO COLOMBIANO

Procedencia de la acción de tutela en Colombia

Para tener aún más claridad sobre la procedencia de la acción de tutela en Colombia o sobre cuándo procede la acción de tutela, es necesario primero, recordar lo que se menciona en el Artículo 86 de la Constitución Nacional, pues es en éste, donde se consagra dicha acción.

Allí entonces, se dice que toda persona tiene acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y en todo lugar, la protección de sus derechos fundamentales, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por medio de alguien que actúe a su nombre.

Empieza a vislumbrarse entonces, que la acción de tutela procede cuando se vulneran o se violan derechos fundamentales de una persona sin distinción alguna ya sea por acción o por omisión de cualquier autoridad pública.

Ésta busca entonces, que quien esté amenazando, vulnerando o violando el derecho fundamental por el que se le tuteló, actúe u omita la acción que está causando lesión al derecho fundamental.

Por otro lado, el mismo Artículo 86 de la Constitución Política, nos menciona que ésta, solo procede cuando el afectado, no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella, se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio o daño mayor o irremediable.

Le recomendamos leer también: Cómo instaurar una tutela en Colombia.

Cuándo procede la acción de tutela y contra qué o contra quién

  • Contra toda acción u omisión de las autoridades públicas, que hayan violado violentado o amenacen violar cualquiera de los derechos constitucionales fundamentales de la persona.
  • Procede la acción de tutela aun en los estados de excepción tales como estado de guerra, estado de conmoción interior y declaratoria de emergencia económica.
  • La acción de tutela tiene cabida cuando se trate de defender los derechos fundamentales de la persona con discapacidad, pero los jueces tomarán sus decisiones luego de haber escuchado a los peritos de la entidad designada por el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley 1306 de 2009 o a un profesional médico cuando éstos no existan en el lugar.

Le recomendamos leer también: Contra quién se dirige la acción de tutela.

Cuándo procede la acción de tutela contra particulares

La acción de tutela procede contra particulares cuando éstos:

  • Prestan un servicio público.
  • La actividad del particular compromete o afecta de manera grave, un interés colectivo.
  • Existe una relación de indefensión o subordinación entre dos particulares.
  • El afectado no dispone de otro medio judicial alternativo.

Le recomendamos leer también: quiénes son titulares de la acción de tutela.

En resumen, si se pregunta cuándo es aplicable la acción de tutela, recuerde que ésta es aplicable o procede, cuando se están vulnerando sus derechos fundamentales o aquellos que por conexidad, llegan a ser fundamentales.

Así las cosas, le recordamos que antes de irse, puede dejar sus dudas y casos en particular al finalizar la presente página y con gusto, responderemos en el menor tiempo posible.

Suscríbete Gratis a Derecho Colombiano

Fuera de Colombia
  • Fuera de Colombia
  • Amazonas
  • Antioquia
  • Arauca
  • Atlántico
  • Bogotá
  • Bolívar
  • Boyacá
  • Caldas
  • Caquetá
  • Casanare
  • Cauca
  • Cesar
  • Chocó
  • Córdoba
  • Cundinamarca
  • Guainía
  • Guaviare
  • Huila
  • La Guajira
  • Magdalena
  • Meta
  • Nariño
  • Norte de Santander
  • Putumayo
  • Quindío
  • Risaralda
  • San Andrés y Providencia
  • Santander
  • Sucre
  • Tolima
  • Valle del Cauca
  • Vaupés
  • Vichada
Abrir chat
¿En qué te podemos ayudar?
¡Hola 👋! ¿Necesitas asesoría jurídica personalizada? escríbenos y en breve te responderemos.