El presente artículo está dedicado a todas aquellas lectoras que nos han realizado preguntas relacionadas con las licencias de maternidad y los requisitos para solicitar la licencia de maternidad en Colombia.
Es común que en muchos casos, los empleadores o jefes, no tengan en cuenta que ésta etapa de la mujer, es de sumo cuidado y especial protección por parte de ellos mismos también, por ende, hoy le explicaremos a lo que tiene derecho antes, durante y después del embarazo.
Según el Código Sustantivo del Trabajo colombiano y como lo acabamos de mencionar, se tiene que la maternidad es de especial protección y por ello, es prohibido que el empleador, despida a la trabajadora por estado de embarazo o lactancia.
¿Qué es la licencia de maternidad?
La licencia de maternidad es entendida como aquel reconocimiento de tipo económico o monetario que hace el Sistema General de Seguridad Social en Salud, a la madre del recién nacido así como a la madre adoptante del menor de 18 años o al padre adoptante cuando éste, no tenga cónyuge o compañera permanente.
Así las cosas, éste reconocimiento se tiene que es para la protección de los derechos de la madre y del menor recién nacido.
Requisitos de la licencia de maternidad
En primer lugar y lo más importante para acceder al pago de licencia de maternidad en Colombia, por parte de la EPS, es necesario que la afiliada cotizante, haya cotizado de manera ininterrumpida, durante todo el periodo de gestación.
Lo anterior, aplica tanto para trabajadores dependientes como para trabajadores independientes.
Así las cosas y según el Artículo 2.1.13.1 del Decreto 780 de 2016 «por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social», se tiene que si la trabajadora o el empleador no han pagado oportunamente las cotizaciones durante el periodo de gestación, es necesario ponerse al día con las cotizaciones y con los intereses moratorios a la fecha de pago.
En resumidas cuentas, lo primordial e importante para poder acceder a la licencia de maternidad es:
- En primer lugar, que la trabajadora esté afiliada como cotizante a una EPS y
- en segundo lugar, que al momento del parto, la trabajadora se encuentre al día con las cotizaciones al Sistema.
Tenga en cuenta también que según el Inciso segundo del Artículo en cuestión, establece que en caso de que la trabajadora dependiente o independiente no haya cotizado durante el periodo de gestación de forma completa, el pago de la licencia, se hará de manera proporcional a lo cotizado por ésta.
No olvide que puede dejar sus comentarios, dudas, casos y demás y estaremos atentos a brindar respuesta oportuna.
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